Compartimos una entrevista al abogado Segundo Herrera Mejía, defensor de la población indígena de Bagua, realizada por Yoselin Alfaro, de Servindi.
–¿Cuáles son los argumentos que ha sostenido la defensa para obtener este resultado?
En la sala penal de Bagua se impuso al general Sánchez Farfán y al general Muguruza Delgado, cuatro años de pena suspendida. (…) Lo que ahora ha hecho la Corte Suprema es declarar la nulidad en el extremo de la imposición de la pena contra Sánchez Farfan y Muguruza Delgado y reformula la condena de cuatro años suspendida a siete años efectiva.
Mercedes Cabanillas designó a José Armando Sánchez Farfán como director nacional de la policía. Este a su vez trae a Muguruza Delgado, quien viaja y llega el 4 en la madrugada a Corral Quemado [Amazonas], donde era la base de operaciones. Y en menos de 24 horas él diseñó todo un plan para desalojar a los manifestantes.
El lo hizo pese a que el general Uribe Altamirano –que era el general responsable de la Interpol Tarapoto, y quien tiene el cargo en toda esta zona– había emitido un informe de inteligencia diciendo que no era recomendable intervenir o desalojar porque no había informes de inteligencia que indiquen cuántos awajún y cuantos wampis estaban protestando, no sabían si tienen armas, no sabían la forma de comportarse en una situación así, no sabían nada.
El 3 de junio, el general [Uribe Altamirano] le dice al alto mando policial, que no se debe ingresar porque el costo y el riesgo puede ser alto. Pese a esto, Muguruza Delgado llega aquí a la zona y diseña con dos o tres apoyos, el ingreso a la toma de la Curva del Diablo el día 5. Entonces el 5 lo que hace es el plan que consistía en que el mayor Bazán Soles, el mayor desaparecido hasta la fecha, suba al cerro por una parte denominada Siempre Viva, que está junto a la Curva del Diablo, y que por allí él sorprenda por la parte alta mientras que el comando policial lo haría por la carretera.
Lamentablemente, el mayor Bazán Soles llegó a la cima del cerro, y él fue sorprendido en realidad por un promedio de 500 personas que ya lo esperaban arriba. Ahí es donde sucede lo que todos conocemos, el mayor Bazán no aparece y después las radios de los efectivos policiales no daban, no había una planificación, no había un programa de contingencia, un plan de contingencia, simplemente no había nada. Entonces se dio lo que todos conocemos, la muerte de los efectivos policiales, la muerte de hermanos awajún, y justamente la sala suprema ahí encuentra el defecto, ahí encuentra el delito.
(…) Es ahí donde encuentra el sustento la sala suprema y dice pues que la policía en realidad no realizó una acción coordinada, una acción midiendo el menor impacto social posible, sino que se ingresó sin tener mayor elemento, y eso lo considera la sala suprema como una infracción al deber que tenía la policía, no solo de resguardar y de recuperar el orden interno, sino de garantizar la integridad física, la salud y sobre todo la vida de los manifestantes, teniendo en cuenta que eran provenientes de comunidades nativas, incluso que habían entre ellos algunos ex soldados que habían combatido en el Cenepa en el 98.
Básicamente ese es el argumento central de la corte, por la cual reafirma que si hay una comisión del delito de homicidio, porque estos dos mandos policiales no tuvieron en cuenta el riesgo en el que ponían a la población. En ese sentido les impone los siete años de pena efectiva, porque le dice que la policía tiene el deber de cuidar, y ese deber no se hizo presente ese día. (…)
Y por otro lado también anula la absolución contra el comisario de Bagua Grande, que en ese entonces fue el mayor Coloma Pinillos, en la cual él ordenó, dice en su declaración, que se hagan disparos disuasivos para ausentar a los protestantes. Sin embargo, la Sala Suprema considera que esa orden fue también letal, porque a partir de ello se dispararon al cuerpo (…). La Sala Suprema también ha aumentado la reparación civil de 130 a 150 mil soles. Los agraviados heridos, lamentablemente, van a tener que esperar todavía el resultado del nuevo juicio oral.
–¿Qué precedentes sentaría para que se pueda tratar temas similares a futuro? ¿Cuál es la importancia de los resultados de esta resolución que emite la Corte Suprema?
El Baguazo nos deja ya, creo yo, dos enseñanzas jurídicas y jurisprudenciales muy importantes. La primera fue el caso Curva del Diablo, en la cual la Sala Penal de Bagua y la Corte Suprema reafirman que cuando hay un acto de protesta se debe hacer una ponderación de derechos. Una ponderación en la cual es el bien jurídico que se debe sacrificar frente a otro. Y en el caso de la Curva del Diablo, el libre tránsito es inferior al derecho que perseguían las comunidades nativas que eran defender su territorio y su medio ambiente.
cuando hay un acto de protesta se debe hacer una ponderación de derechos
Esta sentencia nos deja una enseñanza muy importante para aplicarla en los casos actuales de control de disturbios y de manifestaciones, porque la policía debe garantizar, uno, el orden interno, es cierto, pero también debe aplicar el principio de proporcionalidad, el uso proporcional de la fuerza para garantizar, porque él es el garante. Desde que un ciudadano está protestando, manifestándose en la calle, va a ser, y si la policía está allí, va a ser su vida, su integridad, está en manos de esa garantía constitucional que le impone a la Policía Nacional del Perú. Y eso fue lo que no se aplicó en este caso.
Esta sentencia muy bien puede ser invocada para procesos futuros, porque le impone esa función esencial de proteger a los ciudadanos, no solamente cuidar la propiedad privada, no solamente de fuerza, sino la integridad de ellos.
–Respecto a la captura Asterio Pujupat que habría estado involucrado en la desaparición del mayor Felipe Bazán, ¿en qué condición están actualmente? ¿Se va a volver a analizar la sentencia que se emitió? ¿Se va a reaperturar la investigación?
Respecto a la captura del ciudadano Asterio Pujupat, fueron absueltos [junto a otros involucrados] por la sala penal de Bagua porque a ellos se les acusaba de la muerte del mayor Bazán, el que desapareció ese día en la Curva del Diablo.
La sala penal de Bagua dijo que están acusando a una persona por homicidio calificado, pero no tenemos el cuerpo. Entonces, ¿cómo podríamos sentenciarlos? Lo absolvieron y lo que la Sala Suprema ha dicho es que tiene que volver a hacer un juicio oral porque no está clara su participación y ordenó un nuevo juicio.
Cuando se llama al nuevo juicio a Asterio Pujupat, lo que se le han notificado en una comunidad donde él no radica. Y bueno, producto de ello, le sale pues la orden de contumacia, que quiere decir una orden de captura porque no fuiste al juicio.
Se ha llevado a cabo esta audiencia el día de ayer, Asterio Pujupat ha recuperado su libertad porque tenía solamente la condición de reo contumaz y se ha llamado al nuevo juicio para el 30 de abril del año 2026.
–¿Cuántos pobladores awajún estarían siendo procesados o investigados por el Baguazo?
El caso del Baguazo, hubo nueve procesos judiciales a raíz de ellos. Se conocen nada más algunos que han sido más emblemáticos, pero en la Curva del Diablo fueron 53 acusados. En la estación 6 fueron 24. Algunos ya fallecieron por el COVID, pero el proceso continúa. En el caso Mayor Bazán hubo 4 procesados. En el caso Corral Quemado hubo 5 procesados.
Pero hay algo importante, que esta sentencia de la Corte Suprema, yo creo que va a traer consigo una situación muy importante. Los familiares de los policías que perdieron la vida el 5 de julio de 2009, ellos emprendieron una denuncia penal en contra de los mandos policiales, justamente por las razones que ha dado la Suprema, porque no hubo planificación, se les expuso al peligro (…).
–¿En todos estos años se ha logrado alguna sentencia aparte de esta que ha dado la Corte Suprema en contra de los ex mandos policiales que dirigieron este operativo?
Es la primera sentencia (…). Es la única sentencia que se va a encontrar en la cual la responsabilidad por omisión de la policía ha sido encontrada en el mando policial. Y eso es importante, porque no hay un antecedente anterior que haya dicho tal o cual cosa.
Incluso la sala penal de Bagua, cuando emitió la sentencia en el 2022-23, también dispuso que se remitan copias a la Fiscalía Penal de turno para incorporar como procesada o como denunciada a Mercedes Cabanillas, porque ella fue ministra del interior y los dos generales que ahora han sido sentenciados por omisión de sus funciones, ellos dijeron que efectivamente todas las decisiones que tomaron fueron con conocimiento de la misma ministra del interior, Mercedes Cabanillas.
Entonces, yo creo que por ahí se nos abre una puerta de litigio más y poder hacer justicia, ya no solamente al aparato policial, que es lo normal, que las decisiones políticas terminan dañando tanto al pueblo y tanto a los uniformados, pero sería la primera vez que lleguemos por autoría mediata a un mando político.
–¿Entonces, por el momento no hay altos funcionarios que estén incluidos dentro de estos procesos judiciales?
No, hasta ahí hemos llegado con el director nacionales de la policía y el jefe del comando operativo, que fue Muguruza Delgado, ellos dos son los únicos sentenciados por estos hechos.
–¿Hay lineamientos que se adecúan a intervención para población indígena desde la policía? ¿Planes que tengan una mirada intercultural o con pertinencia cultural?
No, no lo hay, salvo recientemente que el IDL le ha litigado un caso importantísimo para poder dar protección, aprobar protocolos de protección, pero para casos de defensores, pero para pueblos indígenas no hay, solamente se rige por el manual de derechos humanos aplicados a la función policial.



